Una incapacidad no debería convertirse en un calvario. Nosotros gestionamos todo.

Cuando estás enfermo o en recuperación, lo último que quieres es lidiar con EPS, fondos de pensión y formularios. GIMAVE se encarga de todo el proceso de reclamación y seguimiento para que recibas lo que te corresponde, en los tiempos correctos.


Tengo una incapacidad activa — necesito ayuda

Qué hacemos por ti

Incapacidades por enfermedad general

Gestionamos el proceso completo ante la EPS: radicación, seguimiento, pago y renovación si la incapacidad se extiende. Sabemos cuáles son los plazos, los formularios y los derechos del afiliado.

Licencia de maternidad y paternidad

Una de las prestaciones más importantes del sistema y también una de las más mal gestionadas. Nos aseguramos de que la licencia se reconozca correctamente y se pague en los tiempos de ley.

Otras novedades de nómina

Variaciones de IBC, suspensiones, retiros, reintegros: cada novedad tiene su proceso y sus plazos. GIMAVE lo gestiona a tiempo y con los soportes correctos.

Incapacidades por accidente de trabajo (ARL)

Si el accidente ocurrió en el trabajo o en trayecto, la ARL asume. Gestionamos la calificación del origen, el reporte a la ARL y el proceso de reclamación.

Traslados entre EPS o AFP

Gestionamos traslados con los requisitos correctos y en los períodos habilitados por ley, evitando rechazos o períodos sin cobertura

Sabías que:
muchas incapacidades no se pagan porque se radican tarde o con documentación incorrecta. GIMAVE conoce los requisitos exactos de cada EPS y AFP en Colombia, y gestiona cada caso dentro de los tiempos establecidos.

Preguntas frecuentes sobre afiliación para independientes

¿Por qué mi EPS no me ha pagado una incapacidad?
Las causas más comunes son el error en la radicación, falta de soportes médicos o inconsistencias en los pagos de seguridad social. En GIMAVE revisamos tu caso, corregimos la documentación y gestionamos el cobro directo para asegurar que recibas tu dinero.
¿Cuánto tiempo tengo para radicar una incapacidad o licencia?
Aunque el plazo legal es amplio, lo ideal es hacerlo en los primeros 8 días hábiles tras su expedición. Radicar a tiempo evita que el proceso se dilate o que la EPS niegue el reconocimiento por falta de oportunidad en el reporte.
¿Qué pasa si mi incapacidad supera los 180 días?
A partir del día 181, la responsabilidad del pago suele pasar de la EPS al Fondo de Pensiones. Este es un trámite complejo que requiere un concepto de rehabilitación. Nosotros te acompañamos en este empalme para que no dejes de percibir tu sustento.
¿GIMAVE gestiona licencias de maternidad para independientes?
Sí. Validamos que cumplas con los requisitos de semanas cotizadas y gestionamos el reconocimiento ante la EPS. Nos aseguramos de que el cálculo del pago sea correcto según tu IBC, evitando rechazos por pagos extemporáneos o bases mal calculadas.

¿Tienes una novedad pendiente?

Cuéntanos tu situación y te decimos qué pasos seguir. No pierdas dinero por no saber el proceso.

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